El Tribunal Supremo, en su Sentencia de fecha 20 de marzo de 2024, ha manifestado que el permiso retribuido para acompañar a los padres a cita médica es una medida diseñada exclusivamente para aquellos trabajadores que tengan a cargo a padres que no puedan valerse por sí mismos, pues la finalidad del permiso es favorecer la conciliación entre la vida laboral y familiar de los trabajadores, concluyendo que, carece de sentido conceder el permiso cuando los padres no son dependientes.
Es por tanto, en definitiva, que nuestro Tribunal Supremo es claro y asienta criterio con dicha Sentencia, y es que salvo que el trabajadora o trabajadora tenga a algún progenitor dependiente o con necesidades especiales, no se podrá acoger a dicho derecho de retribuido.
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