Si trabaja por cuenta ajena en turnos rotatorios en una empresa y a su vez cursa estudios de grado medio o superior o universitarios con la finalidad de obtener un título académico o profesional o incluso un título oficial de idiomas, este post le interesa y es que, la Ley le da preferencia a elegir el turno que mejor se adapte a su jornada académica.
Concretamente, la Ley sólo reconoce este derecho a aquellos empleados que trabajen en régimen de turnos rotatorios y ello con independencia de que los estudios que cursen guarden relación o no con la actividad profesional que desempeñen. Sin embargo, cabe destacar que no vendrá obligada la empresa a reconocer este derecho si existen circunstancias que lo justifiquen o cuando el cambio implique una modificación sustancial de las condiciones del resto de trabajadores o algún perjuicio para la empresa ni tampoco cuando el trabajador fue contratado exclusivamente por sus cualidades para trabajar en el mismo turno.
Si necesitas un abogado especializado en derecho laboral en Badajoz o más particularmente un abogado laboralista en Badajoz, puedes contactar con nosotros en el número 924 09 78 03 o 652 335 400.